¿El seguimiento de un certificado de producto bajo RETIE 2013 puede realizarse en 2026?
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Pregunta recibida por PROFELUMI
«Certifiqué un producto bajo la Resolución 90708 de 2013 (RETIE). El certificado continúa vigente y debo realizar el seguimiento para seguir comercializando el producto. ¿Ese seguimiento todavía puede realizarse bajo la Resolución 90708 de 2013 o ahora debo hacerlo conforme al RETIE 2024?»
💡 PROFELUMI responde
La respuesta es NO.
Desde el 1 de enero de 2026 ya no es posible adelantar procesos de seguimiento, otorgamiento o renovación de certificados de conformidad de producto bajo el RETIE establecido en la Resolución 90708 de 2013.
Esta situación fue aclarada expresamente por el Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución 40284 de 2026, la cual indicó que el período de transición para productos finalizó el 31 de diciembre de 2025.
¿Qué dice la Resolución 40284 de 2026?
La resolución establece que:
«El período de transitoriedad para productos establecido en la Resolución 40117 de 2024, modificado por la Resolución 40304 de 2025, finalizó el 31 de diciembre de 2025.»
En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2026:
- ❌ No pueden adelantarse procesos de otorgamiento de certificados de conformidad de producto bajo la Resolución 90708 de 2013.
- ❌ No pueden adelantarse procesos de seguimiento de certificados emitidos bajo dicha resolución.
- ❌ No pueden adelantarse procesos de renovación de certificados de conformidad de producto bajo la Resolución 90708 de 2013.
¿Qué ocurre si el certificado aún se encuentra vigente?
Es importante diferenciar dos conceptos:
- La vigencia del certificado.
- La posibilidad de realizar actividades de evaluación de la conformidad bajo un reglamento derogado.
Aunque un certificado pueda encontrarse dentro de su período de vigencia, cualquier actividad de evaluación de la conformidad que deba realizarse a partir del 1 de enero de 2026, como un seguimiento o una renovación, ya no puede ejecutarse utilizando los requisitos del RETIE 2013.
¿Bajo qué reglamento debe realizarse el seguimiento?
Todo proceso iniciado desde el 1 de enero de 2026 deberá adelantarse conforme al reglamento técnico vigente:
- Resolución 40117 de 2024 (RETIE).
- Sus modificaciones posteriores, incluyendo las resoluciones 40304 de 2025 y 40284 de 2026, según corresponda.
Esto implica que los organismos de certificación deberán aplicar los requisitos, procedimientos y criterios establecidos en el RETIE vigente para cualquier proceso de evaluación de la conformidad iniciado después de finalizar el período de transición.
Recomendaciones para fabricantes e importadores
Si su empresa cuenta con certificados emitidos bajo el RETIE 2013, es recomendable:
- Revisar la fecha programada para los seguimientos y renovaciones.
- Verificar los requisitos aplicables en el RETIE vigente.
- Coordinar oportunamente con el organismo de certificación la transición hacia el nuevo reglamento.
- Evaluar los cambios técnicos y documentales que puedan afectar la certificación de sus productos.
Una adecuada planificación evitará retrasos en los procesos de certificación y en la continuidad de la comercialización de los productos.
Conclusión
La entrada en vigor definitiva del nuevo RETIE para productos marcó el cierre del régimen transitorio. Por ello, desde el 1 de enero de 2026 no es posible realizar seguimientos, renovaciones ni nuevos otorgamientos de certificados bajo la Resolución 90708 de 2013, aun cuando el certificado emitido bajo dicha resolución continúe vigente.
Los procesos de evaluación de la conformidad deberán realizarse conforme al RETIE vigente, establecido mediante la Resolución 40117 de 2024 y sus modificaciones.
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